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El Banco Santander ofrece un seguro bautizado como Renta Asegurada Vitalicia 102, dirigido especialmente a los clientes mayores de 60 años. Con este seguro se garantiza el pago de una renta mensual durante toda la vida del asegurado y el pago a los herederos legales designados de un porcentaje de la inversión realizada.

En general, los seguros de rentas vitalicias sirven para planificar el ahorro de que se dispone (que debe de ser de una cuantía destacada, para que la renta sea también significativa) y dosificarlo en forma de rentas a partir de un determinado periodo.

Con este seguro el Banco Santander ofrece un interés atractivo que se mantiene durante toda la vida de la póliza y suma importantes ventajas fiscales.

-¿Qué nos ofrece?

  • El asegurado recibirá una remuneración mensual durante la vida del asegurado
  • Si fallece antes de percibir toda la renta, se abonará el pago del 102% de la inversión inicial a sus herederos legales después de su fallecimiento. La rentabilidad varía ligeramente en función de la edad del asegurado.
  • Beneficios fiscales

-¿Qué nos piden?

  • Pueden contratarlo clientes con edades comprendidas entre 40 y 85 años, que cuenten con un capital ahorrado.
  • El capital asegurado se puede rescatar a partir del segundo año.
  • El valor de rescate será el valor de mercado de los activos.

-¿Que nos parece?

Esta opción es una buena alternativa para aquellos que deseen en el futuro complementar la pensión de jubilación, especialmente indicada para aquellas personas que no cuentan con un salario muy elevado. Aunque su esfuerzo de ahorro será mayor, es interesante barajar esta opción porque con una base de cotización baja las pensiones públicas quedan muy reducidas ya que no se cobrar el cien por cien del salario. Las ventajas fiscales también son un atractivo. El tipo de interés que ofrecen se debe estudiar caso por caso, según la edad, por lo que recomendamos un buen asesoramiento que nos permita prever si va a ser más rentable que otras opciones.

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  1. ESTO NO ES DEL TODODO CIERTO, ESTE PRODUCTOS EN CASO DEL
    FALLECIMIENTO DEL TITULAR , LOS HEREDEROS TARDARAN MUCHO
    TIEMPO EN PERCIBIR DICHO RESCATE.

    YO VOY A INTERPONER UNA RECLAMACIÓN PARA QUE DIGAN TODA
    LA VERDAD DE ESTE PRODUCTO Y MARQUEN LOS TIEMPOS REALES
    NO VENDAN UN PRODUCTO CON LA INFORMACIÓN ERRONEA.

    Comentario por ANA
    20-04-2009 @ 16:33
  2. es mas voy a mandar un correo a rne indicanco todos
    datos fechas nombre de la sucursal que vende este producto tiempos, etc.
    para quien vaya a contratar sepa la realidad, pues llevo
    un mes y medio y aún esta en proceso.

    Comentario por ANA
    20-04-2009 @ 16:36
  3. Hola, Ana:

    Generalmente los procesos para cobrar las rentas vitalicias por los herederos suelen hacerse tediosos, eso es cierto. Suelen requerir bastante documentación y encima llevan bastante trámite, pero bueno, al final se acaba cobrando. No creo que ya tardes mucho. Suerte.

    Comentario por admin
    21-04-2009 @ 8:20
  4. ana estas seguro de esto

    Comentario por angela
    21-04-2009 @ 11:44
  5. Bueno continuamos a fecha de hoy necesito primero pagar el impuesto de sucesiones y donaciones, sin tener el dinero en mi estimada cuenta. Esto sabes explicarme a que es debido?
    si no dispongo de liquidez como voy hacer frente a este pago?

    Comentario por ana
    08-05-2009 @ 17:45
  6. BUenas de nuevo, Ana:

    En primer lugar, no sé si te confundes, pero nosotros no tenemos nada que ver con Banco Santander ni con ningún otro banco ¿eh?. Somos una página de información de productos bancarios y como tal nos remitimos a informar de loas ventajas e inconvenientes de cada servicio.

    Hecha esa aclaración, paa el impuesto de Sucesiones y Donaciones creo que hay un plazo máximo de pago una vez ocurrido el hecho imponible, y es independiente de la actuación (sea negligente o no) del propio banco. Creo que el plazo es de 6 meses en el caso de sucesiones, aunque puedes solicitar una ampliación de plazo. Puede ocurrir, como bien dices, que el banco tarde más de 6 meses en aprobarte la renta (aunque hay que reconocer que no es un caso habitual), pero la pena es que los impuestos van a la Hacienda Pública, y ellos no se van a detener en ver cómo actúa el Banco, y si lo hace bien o mal.

    Lo realmente extraño es que si al Banco le has presentado tanto los documentos que acreditan el fallecimiento, como los documentos notariales pertinentes, tarden tanto en pagártelo.

    ¿Has probado a ponerle una reclamación ante el Banco de España, al defensor del cliente?

    Saludos y suerte

    Javier.

    Comentario por admin
    10-05-2009 @ 9:06
  7. Buenas tardes, en ningún momento pretendo de culpabilizar
    a esta página dado que no os llamais santander, solo quiero dar la información, ya
    que dicha página tiene un contenido del que yo conozco algunas permisas, nada mas, tu no tienes la culpa de esto.
    un saludo

    Comentario por ana
    11-05-2009 @ 17:14
  8. buenos dias, puedes decirme como puedo hacer esa reclamación al banco de españa, pues me han comentado que primero debo de dirigirme al banco santarder, y si ellos no me solucionan, es cuando podré hacer dicha reclamación al banco de españa.

    un saludo.

    Comentario por ana
    04-06-2009 @ 10:08
  9. Hola, Ana:

    Perdona no haberte contestado antes, pero no me llegó notificación de tu último comentario. Lo siento.

    Te comento, aunque quizás ya demasiado tarde, que cada banco tiene su propio departamente de atención al cliente, y te aseguro que suelen trabajar muy bien e indepndientes. Yo tuve que hacer una reclamación en cietra ocasión y me sorprendió la rapidez en que solucionaron una cosa que en la oficina llevaba ya casi un mes enquistado.

    De todos modos, dirigiéndote al Banco de España directamente, también puedes presentar una reclamación al respecto.

    Un saludo, y una vez más, disculpa por la tardanza en la respuesta.

    Comentario por admin
    30-09-2009 @ 9:58
  10. Me gustería saber si tiene sentido una renta de este tipo en una persona de 80 años con la pensión maxíma y que en la actualidad nonecesita más dinero al mes. ¿os parece buena idea como método de inversión? ¿Y si necesita el dinero a corto plazo? Gracias

    Comentario por ana
    01-10-2009 @ 22:52
  11. Hola, Ana:

    La verdad es que para una persona de 80 años la opción ya no resulta tan interesante, pues apenas le ha dado tiempo a ahorrar y lo que va a recibir en rentas apenas va a diferir de lo que esa persona haya ingresado. Fíjate que está aconsejado para personas entre 45 y 85 años. Cuanto más se acerque a los 45 más rentable es, cuanto más lo haga a los 85 menos interesante es.

    Saludos

    Comentario por admin
    03-10-2009 @ 10:03
  12. A los dos años, solicite el rescate de una poliza, cuyo valor era de 18000 e., y perdi 600 euros, me dijeron a contratarla, que no perderia nada el dia que rescatase el importe. es una verguenza, seguro que alquien se quedo con mis 600 euros, hace ya 6 meses y sigo esperando. hay alquien que me pueda asesorar para denunciar a este banco usurero, y empleados tan corruptos como el “”botin”"

    Comentario por PEPE
    01-11-2009 @ 17:52
  13. Hola, Pepe:

    El banco Santander tiene un servicio de defensa del cliente que es bastante independiente. Además, croe que en el Banco de España también puedes poner una queja al respecto, al menos, para que lo investiguen. Por último, está también la oficina de información al consumidor de tu ciudad, donde también admiten quejas y pueden asesorarte.

    Un saludo

    Comentario por admin
    02-11-2009 @ 11:37
  14. hola,

    en mi caso mis padres recibieron un mal asesoramiento sobre la pension vitalicia, no les avisaron que Hacienda, si quieres rescatar el importe, te retiene sobre los intereses generados, además hicieron el producto con una imposición única por lo que ahora no podemos rescatar una parte. Piensa que la retención que le hace Hacienda es de 4000€. La renovación se la harían con un 3%, cuando hasta ahora recibían un 5%.

    Comentario por Silvia
    02-12-2010 @ 12:41